El Pleno del Ayuntamiento aprueba las nuevas normas urbanísticas de la ciudad, que ya sólo quedan pendientes del último visto de la Comunidad de Madrid.
La nueva normativa prevé que una vivienda tenga como mínimo 40 metros cuadrados, y que una persona disponga de un mínimo de 10 metros cuadrados en alojamientos compartidos
La normativa agiliza trámites urbanísticos para favorecer el crecimiento económico, a la vez que apuesta por viviendas más eficientes y sostenibles
El 17 de julio de 2023 será una de las fechas que quedarán marcadas en la memoria de una ciudad como Madrid, al ser la jornada en la que se aprobaron provisionalmente sus nuevas normas urbanísticas. Esta nueva normativa ya sólo queda pendiente del visto bueno de la Comunidad de Madrid para convertirse en realidad. Estas normas han sido pensadas como un paso para elaborar el nuevo Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad, que sustituirá al vigente desde 1997, por lo marcarán el urbanismo en el futuro.
El urbanismo puede significar muchas cosas, pero la más visible para el ciudadano de a pie es la habitabilidad con la que contará en su futura vivienda. En este aspecto, las nuevas viviendas en la capital no podrán ser inferiores a 40 metros cuadrados. Se incorpora un programa mínimo de vivienda para adecuarla a la realidad actual, con unas condiciones mínimas más adecuadas que las recogidas en una Orden Ministerial de 1944 que se utilizaba hasta ahora.
Las principales mejoras se harán efectivas con medidas como que las terrazas y los cuartos de instalaciones en plantas de piso no computen a efectos de edificabilidad, potenciando los balcones y balconadas tanto en las construcciones nuevas como en las existentes.
También se mejora la regulación de las zonas comunitarias y los tendederos, así como de los trasteros que ya no computarán a efectos de edificabilidad. No será necesaria la separación física entre cocina y tendedero mientras se respeten las superficies mínimas de ambas dependencias.
Otra de las cuestiones que regulan las nuevas normas urbanísticas, acabando con la actual indefinición jurídica, es la transformación de locales como bajos comerciales a vivienda. Esto facilitará el empleo como residencia de locales ahora sin uso, a la vez que garantizará que las viviendas resultantes respeten las condiciones de habitabilidad, confort, seguridad, accesibilidad y salubridad exigibles a las viviendas de nueva construcción.
Además, las normas suman a la vivienda unifamiliar y al tradicional piso en propiedad horizontal dos nuevas realidades de alojamiento compartido actualmente en alza: el coliving y el cohousing.
Por un lado, se integran en la nueva categoría la clase de residencia compartida o coliving, donde a los residentes no necesariamente les unen vínculos sociales, religiosos o similares. Para esta tipología se crean las condiciones para la convivencia entre los residentes mediante una importante dotación de espacios comunes, con la correlativa reducción de las unidades de alojamiento privativas de las viviendas. Éstas no podrán ser inferiores a 15 metros cuadrados para una persona, ni a 10 metros cuadrados por persona cuando esté prevista para más de una persona.
Además, se regulan las viviendas colectivas tipo 2 o cohousing, donde prima la convivencia y relación entre los residentes, para la que los espacios comunes aumentan hasta abarcar todas las zonas de estancia y ocio. La superficie mínima de la vivienda será en este caso de 30 metros cuadrados, compensando el resto hasta los 40 metros cuadrados con las zonas comunitarias.
La renovación de las normas introduce un nuevo parámetro urbanístico: el factor verde. El objetivo que persigue es mejorar la sostenibilidad ambiental mediante el aumento de la superficie vegetal total en la edificación a través de cubiertas y fachadas ‘verdes’ y, en el espacio libre de parcela, fomentar la plantación de arbolado y el ajardinamiento. De este modo se contribuirá a reducir el efecto de ‘isla de calor’ en los edificios y mejorar la calidad del aire en factores como la humedad relativa y la reducción de elementos contaminantes.
Los elementos de producción de energía sostenible o elementos constructivos de mejora de la eficiencia, así como los cuartos para guardar vehículos de movilidad sostenible como las bicicletas, no computarán a efectos de edificabilidad.
Otra prioridad satisfecha con la nueva normativa es la de facilitar la implantación de aquellas dotaciones que necesiten los barrios. Para ello, se flexibilizarán los usos y se simplifica la implantación de equipamientos dotacionales básicos y singulares de forma inmediata. Esto da mucha más agilidad, por ejemplo, para poder instalar un centro cultural o deportivo, sin tener que redactar un plan especial. De igual forma, se permite el destino transitorio de solares por un plazo máximo de cuatro años para que se puedan dedicar a zonas de esparcimiento y a la mejora del paisaje urbano hasta que se construya el edificio dotacional previsto. Además, se posibilita construir viviendas tuteladas y viviendas de integración social en suelos dotacionales, dirigidas a colectivos con necesidades específicas.
Las nuevas normas urbanísticas también han previsto la eliminación de trabas y trámites innecesarios. Por ejemplo, se eliminan los planes especiales de control urbanístico ambiental (PECUAU), que incluyen las mismas comprobaciones que se hacen luego en el proceso de licencia. Esto no supone rebajar requisitos medioambientales ni controles, pero permitirá ganar una media de año y medio de tiempo a la hora de tener el visto bueno a un proyecto.
Todo este proceso de cambio desencadenado por las nuevas normas urbanísticas hará posible una ciudad más habitable, lo cual será compatible con el impulso al urbanismo como motor económico. El Ayuntamiento espera que estas normas urbanísticas permitan crear más de 4.000 puestos de trabajo e incrementar en 215 millones de euros el PIB de la capital.